La Autoridad de Aplicación revisa anualmente la definición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa a fin de actualizar los parámetros y especificidades contempladas para acreditar esta condición. Los parámetros que se consideran son:
Analizada la información y verificado el cumplimiento de determinados requisitos, se emitirá el “Certificado MiPyME”, quedando así la empresa inscripta en el “Registro de Empresas MiPyMES”.
El certificado MiPyME permite a micro, pequeñas y medianas empresas que reúnan los requisitos acceder a diversos beneficios impositivos, previsionales y otros que disponen distintas entidades como las financieras.
El mismo tiene vigencia hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio económico, por lo que su renovación debe solicitarse a partir del primer día de dicho mes. La renovación será automática siempre que la empresa tenga presentadas las DDJJ de los últimos 3 ejercicios de IVA, cargas sociales o monotributo, según corresponda.
Nuevos parámetros para obtener el Certificado MiPyME:
A. Límites de ventas totales anuales expresados en pesos ($)
B. Límites de personal ocupado
C. Límite de activos expresados en pesos ($)
Beneficios de que obtienen las MiPyME:
Las MiPyME tendrán 18% de alícuota de contribuciones patronales.
Si sos micro o pequeña empresa, podés pagar a 90 días el IVA que declarás mensualmente.
Las micro, pequeñas y medianas empresas pueden solicitar el beneficio cuando sus Declaraciones Juradas de IVA tengan un saldo a favor durante dos períodos fiscales consecutivos anteriores al pedido.
Prioridad para la tramitación y percepción de las compensaciones, acreditaciones, devoluciones o reintegros de impuestos o saldos a favor.
Las micro empresas con certificado vigente de Registro MiPyME están excluídas de las retenciones de IVA y ganancias en los pagos con tarjeta de crédito.
Las MiPyMEs pueden acceder a financiamiento para proyectos de inversión productiva, para capital de trabajo y para exportar.
Las Facturas de Crédito Electrónicas serán obligatorias para las operaciones mayores a $299.555 entre una MiPyME y una gran empresa desde el 12 de abril del 2022.
El plazo máximo para que las entidades financieras le acrediten al comercio el importe de cada venta realizada en un pago mediante tarjeta de crédito o de compra será de 8 días hábiles.
Se excluyen las compras a plazo diferido superior al mes vinculada a su actividad productiva.
No se aplican comisiones a:
-Operaciones por ventanilla de los usuarios de servicios financieros que sean personas humanas
-Los depósitos de efectivo en pesos en cuenta, cuyos titulares sean personas humanas o jurídicas con carácter de MiPyME
Los precios publicados incluyen IVA Última Actualización: 18/11/2024 6:00